* Según la ley 49/2002, las personas físicas y jurídicas tendrán derecho a una desgravación fiscal por donaciones a entidades sin ánimo de lucro como Fundación Retiluz. Le detallamos a continuación:
Las personas físicas podrán disponer del 80% hasta los primeros 150€ y del 35% para más de 150€, si durante tres años, se hacen donativos iguales y a la misma entidad el porcentaje pasa del 35% al 40%.
Las personas jurídicas podrán disponer del 35%, si durante tres años, se hacen donativos iguales y a la misma entidad el porcentaje pasa del 35% al 40%.
Esta edición no es vinculante por lo que debe consultar la mencionada ley o su asesor fiscal. Consultar deducciones en determinadas comunidades autónomas, El límite máximo deducible es del 10 % de la base liquidable (en el caso de empresas pueden desgravarse en 10 años).